26 de abril de 2010

Juicio a Podlech en Roma: Audiencia fue el 11 y 12 de febrero

Publicado el 26-feb-2010 en El Morrocotudo

Los días 11 y 12 de febrero tuvo lugar una nueva audiencia del juicio que se sigue en Roma a Alfonso Podlech Michaud, quién fuera fiscal militar de Temuco durante los primeros diez años de la dictadura militar chilena. Podlech está siendo procesado en Roma por la desaparición del ciudadano ítalo-chileno Omar Venturelli (Noticia relacionada). 
Así, una vez más los asistentes al juicio nos fuimos sumergiendo, en las palabras de los testimonios, en ese pasado de crueldades y horrores que cruzó de norte a sur nuestro país durante la dictadura de Pinochet y sus adláteres. El jueves 11 de febrero, prestaron declaración Iván Liubetic, Alonso Azócar y su esposa Bernardita Weisser. El primero fue detenido el 13 de septiembre y dejado en libertad el 4 de octubre de 1973, justo algunos minutos después de la falsa liberación de Omar Venturelli.

Insistió en más de una ocasión en su deposición, que el guardián de la prisión le afirmó que su salida era “correcta”, contrastándola con la de Venturelli, lo que parece esencial para entender como algunas “liberaciones” no eran sino una fachada para ocultar al asesinato o la desaparición del prisionero.

Alonso y su esposa fueron brutalmente torturados después de su detención a fines de septiembre de 1973. Sus deposiciones hablan de golpes, electricidad, simulacros de violación y de fusilamiento, tratamientos humillantes en suma, que buscaban destruirlos síquica y físicamente. Sus palabras confirman no sólo la responsabilidad de Podlech como fiscal militar, sino la inhumana e irónica soberbia del “triunfador”.

Emocionada y emocionantes fueron las palabras de Bernardita cuando –con la voz rota, contó del nacimiento de Luis Eduardo en la cárcel: una gran alegría “porque en esa oscuridad, nos decía que la vida no había terminado”. En el juicio por el cual fueron condenados Podlech habría presentado a los “inculpados” diciendo sarcásticamente “aquí los tenemos, Uds. los ven, los hemos tratado muy bien...” Ambos fueron condenados por el Tribunal Militar de Temuco a muchos años de cárcel, con la argumentación “que era humanamente imposible” que un militante del MIR tuviera una conducta intachable.

Al día siguiente, 12 de febrero, prestaron declaración Jorge Acuña y Rodrigo Chávez, ambos menores de edad en la época de su detención, el primero de 16 y el segundo de apenas 14 años. El abogado defensor de Podlech buscó objetar la declaración del primero, por haber sido detenido en 1974, un año después de la desaparición de Venturelli. El Procurador Capaldo arguyó que su declaración permitía entender el poder y la personalidad del acusado, lo que fue aceptado por la Corte.

Su testimonio habla de un penoso itinerario de 25 días durante los cuales estuvo “desaparecido”, que de Temuco lo llevó a Santiago, a los centros de detención de Tres y Cuatro Álamos, con un paso por la tristemente conocida “casa” de Londres 38, para concluir en Ritoque antes de ser devuelto a Temuco. En junio de 1975, con Podlech como fiscal acusador, fue condenado por el Tribunal Militar a 5 años de cárcel por “realizar actividades políticas”, permutados en 1976 por el exilio.

Rodrigo fue detenido con su hermana los días siguientes al golpe. A la llegada los hicieron pasar por el “callejón oscuro” (los detenidos circulan entre dos hileras de uniformados que les propinan golpes de pies, puños y culatazos) y antes de ser liberado, le raparon la cabeza. Sin embargo, para efectos de la causa, lo importante de su declaración no fue tanto su propia detención sino la de su hermano. Juan Antonio Chávez Rivas, militante comunista, fue arrestado el 5 de noviembre y brutalmente torturado antes de ser vilmente asesinado el 10 de noviembre de 1973 junto a otros siete compañeros, en el montaje llamado “asalto al polvorín” del regimiento Tucapel de Temuco. Como en la ciudad las noticias que corrían ese día eran confusas, el padre de Ricardo fue al regimiento el 11 de noviembre y se entrevistó con el fiscal Podlech, quién le dijo que su hijo había sido liberado el día antes. Sin embargo, a la salida del regimiento el padre supo que entre los muertos estaba su hijo. La exhumación de seis años después no dejó lugar a dudas: fue rematado de un tiro en la cabeza.

Escuchando estas declaraciones vienen a la memoria las palabras de Foucault cuando afirma que un trazo distintivo del poder es la posibilidad que tienen unos de forzar la conducta de otros, aún cuando este poder no sea nunca totalmente exhaustivo o coercitivo. Un hombre encadenado y golpeado está sometido a la fuerza del torturador, pero no a su poder.

Si se le obliga a hablar, aún teniendo la posibilidad de negarse optando por la muerte, es porque se le ha forzado a comportarse de esta manera: su libertad cedió ante el poder, ha sido sometido por el Gobierno (1).

Desde este punto de vista, no cabe duda que la dictadura chilena implicó un neto retroceso a los tiempos más bárbaros de la llamada “cultura occidental”. Desapareció el Estado de Derecho no sólo porque la ley la dictaba quién tenía el poder, sino que su aplicación era aleatoria, dependiendo de la voluntad y/o de la crueldad del o los comisionados locales.

El mecanismo era doblemente perverso porque por una parte se torturaba para obtener confesiones cuyo objetivo no era obtener pruebas para un proceso penal, sino buscar otros culpables del mismo “delito”, mientras por otra se castigaba haciendo desparecer, fusilando o condenando a largas penas de cárcel a los presuntos culpables, los cuales eran fundamentalmente, como sostiene García Castro (2), reos de ser lo que eran: militantes o simpatizantes de los diferentes partidos políticos o del gobierno de la Unidad Popular.

Y sin embargo, vemos como pasan los años y la mayor parte de los responsables del terror de esos años siguen sin ser procesados en Chile. El periodista italiano Guido Rampoldi escribió hace ya más de un decenio un artículo que tituló “la república de los desmemoriados”, refiriéndose a nuestro país, el que concluye preguntándose “¿que raza de sociedad puede de alguna manera surgir, si se renuncia a sancionar los crímenes más inmundos, castigados por todos los códigos del mundo libre como delitos contra la humanidad?”. (3) Creo que una respuesta a esta pregunta es cada vez más pertinente en este momento, en que el cambio de gobierno induce a no pocos, a pedir el cierre definitivo de los juicios por violaciones a los Derechos Humanos durante la dictadura.

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(1) Foucault Michel: Omnes et singulatim: vers une critique de la raison politique. Publicado en Dits et Écrits, tome IV, pp. 134-161. Paris, Galimard.
(2) García Castro, Antonia. Le tiers témoin. Pouvoir, disparitions, représentations. Diogène, 193(1):86-99.
(3) Rampoldi Guido. La repubblica degli smemorati: Il miracolo cileno. Il Venerdìdi Repubblica (s. f.) Pág. 78-86.

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